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Artículo 18 de la LEY Orgánica de la Universidad Autónoma Metropolitana

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Abogado General es quien se encarga de defender a la Universidad en los juzgados o ante cualquier autoridad. Esto significa que si alguien demanda a la Universidad o si la Universidad necesita presentar una queja legal, es el Abogado General quien la representa. Es como el abogado personal de la Universidad para todos los pleitos o trámites ante un tribunal.

Texto oficial

ARTICULO 18.- La representación de la Universidad en asuntos judiciales corresponderá al Abogado General.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.