- Ley
- LEY Orgánica de la Universidad Autónoma Metropolitana
- Artículo
- 18
Artículo 18 de la LEY Orgánica de la Universidad Autónoma Metropolitana
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Abogado General es quien se encarga de defender a la Universidad en los juzgados o ante cualquier autoridad. Esto significa que si alguien demanda a la Universidad o si la Universidad necesita presentar una queja legal, es el Abogado General quien la representa. Es como el abogado personal de la Universidad para todos los pleitos o trámites ante un tribunal.
Texto oficial
ARTICULO 18.- La representación de la Universidad en asuntos judiciales corresponderá al Abogado General.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.