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Artículo 19 de la LEY Orgánica de la Universidad Autónoma Metropolitana

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo habla de cómo se va a organizar un grupo llamado "el Patronato". El Patronato va a tener siete personas: un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario, un Tesorero y tres vocales (que son como miembros adicionales). Todos los que estén en el Patronato deben ser mexicanos y tener buena reputación (que no tengan problemas morales). Van a estar en el puesto durante ocho años, pero pueden ser elegidos otra vez. Además, nadie va a recibir dinero por ser parte del Patronato, es un trabajo de honor, sin paga.

Texto oficial

ARTICULO 19.- El Patronato estará integrado por un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario, un Tesorero y tres vocales. Los miembros del Patronato serán mexicanos y de reconocida solvencia moral. Durarán en su cargo ocho años y podrán ser reelectos. El cargo de miembro del Patronato será honorario.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.