Artículo 21 de la LEY Orgánica de la Universidad Autónoma Metropolitana
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Universidad está formada por unidades universitarias (como campus o sedes) que pueden manejar sus propios asuntos y tomar decisiones por sí mismas, siempre y cuando sigan lo que dice esta ley y sus reglamentos. Cada unidad tiene un rector como jefe y se organiza en divisiones (por ejemplo, áreas como ciencias o humanidades) y departamentos (por ejemplo, matemáticas o historia dentro de esas áreas). Las divisiones están a cargo de un director, y los departamentos, de un jefe. Esto ayuda a que la universidad funcione de manera más ágil y descentralizada.
Texto oficial
ARTICULO 21.- La Universidad estará integrada por unidades universitarias, a través de las cuales llevará a efecto su desconcentración funcional y administrativa. Las unidades universitarias resolverán sus propios problemas, sujetándose a esta ley y a sus disposiciones reglamentarias. Cada unidad universitaria estará dirigida por un rector y se organizará en divisiones y departamentos. LEY ORGÁNICA DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA METROPOLITANA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nueva Ley DOF 17-12-1973 6 de 9 Las divisiones se establecerán por áreas del conocimiento y los departamentos por disciplinas específicas o por conjuntos homogéneos de éstas. Cada división estará a cargo de un director y al frente de cada departamento habrá un jefe.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.