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Artículo 13 de la LEY Orgánica de la Universidad Nacional Autónoma de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Universidad va a tener sus propias reglas internas para tratar con los trabajadores que investigan, dan clases o hacen labores administrativas, y esas reglas las va a crear el Consejo Universitario. Pero ojo: aunque la Universidad haga sus propias reglas, los derechos de esos trabajadores no pueden ser menores a los que ya les da la Ley Federal del Trabajo. En otras palabras, no pueden quitarles prestaciones ni condiciones que ya estén protegidas por esa ley.

Texto oficial

ARTICULO 13.- Las relaciones entre la Universidad y su personal de investigación, docente y administrativo se regirán por estatutos especiales que dictará el Consejo Universitario. En ningún caso los derechos de su personal serán inferiores a los que concede la Ley Federal del Trabajo.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.