Artículo 13 de la LEY Orgánica de la Universidad Nacional Autónoma de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Universidad va a tener sus propias reglas internas para tratar con los trabajadores que investigan, dan clases o hacen labores administrativas, y esas reglas las va a crear el Consejo Universitario. Pero ojo: aunque la Universidad haga sus propias reglas, los derechos de esos trabajadores no pueden ser menores a los que ya les da la Ley Federal del Trabajo. En otras palabras, no pueden quitarles prestaciones ni condiciones que ya estén protegidas por esa ley.
Texto oficial
ARTICULO 13.- Las relaciones entre la Universidad y su personal de investigación, docente y administrativo se regirán por estatutos especiales que dictará el Consejo Universitario. En ningún caso los derechos de su personal serán inferiores a los que concede la Ley Federal del Trabajo.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.