Artículo 3 de la LEY Orgánica de la Universidad Nacional Autónoma de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo simplemente dice quiénes mandan en la UNAM. Las autoridades son: 1) La Junta de Gobierno, 2) El Consejo Universitario, 3) El Rector, 4) El Patronato, 5) Los Directores de cada facultad, escuela o instituto, y 6) Los Consejos Técnicos (que se explican en otro artículo). No son todas las personas que trabajan ahí, solo los que toman las decisiones importantes. Cada una tiene un rol específico para que la universidad funcione.
Texto oficial
ARTICULO 3°.- Las autoridades universitarias serán: LEY ORGÁNICA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nueva Ley DOF 06-01-1945 2 de 7 1.- La Junta de Gobierno. 2.- El Consejo Universitario. 3.- El Rector. 4.- El Patronato. 5.- Los Directores de Facultades, Escuelas e Institutos. 6.- Los Consejos Técnicos a que se refiere el artículo 12.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.