- Ley
- LEY Orgánica de Nacional Financiera
- Artículo
- 16
Artículo 16 de la LEY Orgánica de Nacional Financiera
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Sociedad la van a manejar dos grupos: un Consejo Directivo y un Director General. Cada uno tiene sus propias tareas y no se meten en lo del otro. El Consejo es como un grupo de jefes que toman las decisiones importantes, mientras que el Director es el encargado de ejecutarlas día a día. Ambos trabajan juntos, pero cada quien en su área.
Texto oficial
Artículo 16.- La administración de la Sociedad, estará encomendada a un Consejo Directivo y a un Director General, en sus respectivas esferas de competencia.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.