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Ley
LEY Orgánica de Nacional Financiera
Artículo
16

Artículo 16 de la LEY Orgánica de Nacional Financiera

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Sociedad la van a manejar dos grupos: un Consejo Directivo y un Director General. Cada uno tiene sus propias tareas y no se meten en lo del otro. El Consejo es como un grupo de jefes que toman las decisiones importantes, mientras que el Director es el encargado de ejecutarlas día a día. Ambos trabajan juntos, pero cada quien en su área.

Texto oficial

Artículo 16.- La administración de la Sociedad, estará encomendada a un Consejo Directivo y a un Director General, en sus respectivas esferas de competencia.

Ver texto oficial de la LEY Orgánica de Nacional Financiera (pág. 6) ↗

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