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Artículo 4 de la LEY Orgánica de Nacional Financiera

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

La sociedad no tiene una fecha de caducidad, o sea, va a durar para siempre sin necesidad de renovarse. No hay un límite de tiempo fijado desde el principio, así que puede seguir funcionando mientras los socios quieran. Esto significa que no tienes que preocuparte por ponerle una fecha de vencimiento al negocio cuando lo crees. La idea es que el negocio pueda operar de manera continua, sin interrupciones por plazos forzados.

Texto oficial

Artículo 4o.- La duración de la Sociedad será indefinida. CAPITULO SEGUNDO Objetivos y Operaciones

Ver ley oficial en el DOF (pág. 1) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.