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Artículo 25 Bis de la LEY Orgánica del Banco del Bienestar

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El jefe máximo de una dependencia y los dos niveles de jefes que están debajo de él pueden hacer copias oficiales de los papeles que están guardados en los archivos de las oficinas que ellos manejan. Esto significa que si necesitas un documento oficial, como un acta o un certificado, ellos tienen la autoridad para darte una copia con validez legal. No cualquier empleado puede hacerlo, solo los jefes de esos niveles. Es como si el director y sus dos subjefes más cercanos fueran los únicos con permiso para sacar copias fieles de los documentos.

Texto oficial

Artículo 25 Bis.- El Director General, así como los funcionarios de los dos niveles jerárquicos inferiores a éste, podrán expedir certificaciones de los documentos existentes en los archivos de las direcciones a su cargo. Artículo adicionado DOF 19-07-2019

Ver ley oficial en el DOF (pág. 15) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.