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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/164_190719/35
Ley
LEY Orgánica del Banco del Bienestar
Artículo
35

Artículo 35 de la LEY Orgánica del Banco del Bienestar

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 35 ya no es válido, porque fue eliminado de la ley por completo. Cuando una ley dice "se deroga", significa que ese artículo dejó de existir y ya no se aplica desde la fecha indicada, en este caso, el 10 de enero de 2014. En pocas palabras, no tienes que preocuparte por lo que decía ese artículo, porque ya no tiene ningún efecto legal.

Texto oficial

Artículo 35.- Se deroga Artículo derogado DOF 10-01-2014

Ver texto oficial de la LEY Orgánica del Banco del Bienestar (pág. 17) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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