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Artículo 5 de la LEY Orgánica del Banco del Bienestar

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

La Institución no tiene una fecha fija para terminar, va a durar para siempre, sin límite de tiempo. Esto significa que no se va a acabar en un plazo determinado, como pasa con un contrato de renta o un crédito. Puede seguir operando año con año sin necesidad de renovarse. En otras palabras, va a existir de manera permanente.

Texto oficial

Artículo 5.- La duración de la Institución será indefinida.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 2) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.