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Artículo 28 de la LEY Orgánica del Banco Nacional del Ejército, Fuerza Aérea y Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 28 ya no está vigente desde el 10 de enero de 2014. "Derogado" significa que esa parte de la ley fue eliminada oficialmente y ya no tiene ningún efecto legal. En pocas palabras, este artículo ya no existe para aplicarse en ningún caso.

Texto oficial

ARTICULO 28.- Se deroga Artículo derogado DOF 10-01-2014

Ver ley oficial en el DOF (pág. 6) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.