Artículo 20 de la LEY Orgánica del Instituto Politécnico Nacional
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El IPN opera por medio de sus escuelas, centros y unidades donde se da clase o se investiga. Estas partes del Poli son coordinadas por las Secretarías de Área y las Direcciones de Coordinación, que son como las jefaturas encargadas de que todo funcione. Todo esto se hace siguiendo lo que dice esta Ley y otras reglas que aplican.
Texto oficial
ARTICULO 20.- El Instituto Politécnico Nacional realizará sus funciones académicas a través de sus escuelas, centros y unidades de enseñanza y de investigación que serán coordinadas por las Secretarías de Area y Direcciones de Coordinación, de acuerdo con lo previsto en esta Ley y demás ordenamientos aplicables. Fe de erratas al artículo DOF 28-05-1982
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.