Artículo 27 de la LEY Orgánica del Instituto Politécnico Nacional
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice cómo se forma el Consejo Técnico Consultivo en las escuelas del IPN. Este consejo está presidido por el director de la escuela, y también lo integran los subdirectores, los jefes de departamento y la persona encargada de los graduados. Además, hay representantes de los profesores y alumnos, dos por cada departamento o área de graduados. Por último, el personal docente y el que no da clases también tienen un representante cada uno, elegidos por sus comités.
Texto oficial
ARTICULO 27.- Los Consejos Técnicos Consultivos de las Escuelas, Centros y Unidades de Enseñanza Superior estarán integrados por: I.- El Director de la escuela, centro o unidad, quien lo presidirá; II.- Los directores adjuntos en su caso y los subdirectores académico, técnico y administrativo de la escuela, centro o unidad. El Subdirector Académico fungirá como secretario; Fe de erratas a la fracción DOF 28-05-1982 LEY ORGÁNICA DEL INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nueva Ley DOF 29-12-1981 10 de 13 III.- Los jefes de división o de departamento académico; IV.- El jefe de la sección de graduados; V.- Dos representantes profesores por cada división o departamento académico; VI.- Dos representantes profesores por la sección de graduados; VII.- Dos representantes alumnos por cada división o departamento académico; VIII.- Dos representantes alumnos por la sección de graduados, y IX.- Un representante del personal docente y un representante del personal no docente designados por los comités ejecutivos delegacionales correspondientes.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.