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Artículo 10 de la LEY que Crea el Fondo de Garantía y Fomento para la Agricultura, Ganadería y Avicultura

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El artículo dice que ciertas operaciones de dinero solo se pueden hacer a través de bancos comerciales, uniones de crédito, almacenes generales de depósito u otros intermediarios financieros autorizados por la Secretaría de Hacienda. Esto significa que no puedes realizar estas transacciones por tu cuenta o con cualquier persona, sino que debes usar empresas supervisadas por el gobierno para mayor seguridad. Los intermediarios financieros no bancarios son como cajas de ahorro o financieras que también tienen permiso para operar.

Texto oficial

Artículo 10.- Todas las operaciones a que se refiere la presente Ley sólo podrán efectuarse por conducto de las instituciones de banca múltiple, de las uniones de crédito, de los almacenes generales de depósito o de los demás intermediarios financieros no bancarios que determine la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Artículo reformado DOF 12-05-2005

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.