- Ley
- LEY que Crea el Fondo de Garantía y Fomento para la Agricultura, Ganadería y Avicultura
- Artículo
- 12
Artículo 12 de la LEY que Crea el Fondo de Garantía y Fomento para la Agricultura, Ganadería y Avicultura
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Del dinero del fondo se pagan todos los gastos que salgan para manejar el fideicomiso, como los sueldos del banco o institución que lo administra (el Fiduciario). Esos honorarios tienen que estar acordados en el contrato que firmaron.
Texto oficial
Artículo 12.- Con cargo al fondo se cubrirán los gastos que demande el manejo del fideicomiso, incluyendo los honorarios que puedan corresponder al Fiduciario conforme al contrato de fideicomiso respectivo.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.