Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 12 de la LEY que Crea el Fondo de Garantía y Fomento para la Agricultura, Ganadería y Avicultura

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Del dinero del fondo se pagan todos los gastos que salgan para manejar el fideicomiso, como los sueldos del banco o institución que lo administra (el Fiduciario). Esos honorarios tienen que estar acordados en el contrato que firmaron.

Texto oficial

Artículo 12.- Con cargo al fondo se cubrirán los gastos que demande el manejo del fideicomiso, incluyendo los honorarios que puedan corresponder al Fiduciario conforme al contrato de fideicomiso respectivo.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.