Artículo 12 de la LEY que Crea el Fondo de Garantía y Fomento para la Agricultura, Ganadería y Avicultura
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Del dinero del fondo se pagan todos los gastos que salgan para manejar el fideicomiso, como los sueldos del banco o institución que lo administra (el Fiduciario). Esos honorarios tienen que estar acordados en el contrato que firmaron.
Texto oficial
Artículo 12.- Con cargo al fondo se cubrirán los gastos que demande el manejo del fideicomiso, incluyendo los honorarios que puedan corresponder al Fiduciario conforme al contrato de fideicomiso respectivo.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.