Artículo 14 de la LEY que crea el Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Instituto no tiene que pagar ningún impuesto, contribución o derecho por los bienes o dinero que reciba, sin importar de dónde vengan. Esto aplica cuando el dinero o los bienes los donen personas, empresas o hasta gobiernos de otros países. Tampoco paga impuestos por otros ingresos que obtenga de cualquier otra forma. En pocas palabras, todo lo que el Instituto recibe está libre de pagar impuestos, ya sea federal, estatal o municipal.
Texto oficial
ARTICULO 14.- Los bienes, aportaciones, o liberalidades que el Instituto adquiera o reciba de instituciones y personas particulares o de gobiernos extranjeros, así como en general las percepciones que a cualquier título obtenga el Instituto, estarán exentos del pago de toda clase de contribuciones, impuestos o derechos.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.