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Ley
LEY que crea el Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura
Artículo
15

Artículo 15 de la LEY que crea el Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cada año, el Gobierno Federal, a través de la Secretaría de Cultura, le dará al Instituto el dinero necesario para que pueda operar. Esto se hace con el subsidio y los recursos que se apartan en el presupuesto anual. En pocas palabras, el gobierno se encarga de financiar al Instituto para que funcione sin problemas.

Texto oficial

ARTICULO 15.- El Gobierno Federal, por conducto de su Secretaría de Cultura, asignará anualmente al Instituto el subsidio y las partidas presupuestales necesarias para su funcionamiento. Artículo reformado DOF 17-12-2015

Ver texto oficial de la LEY que crea el Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura (pág. 4) ↗

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