Artículo 14 de la LEY que Declara Reservas Mineras Nacionales los Yacimientos de Uranio, Torio y las demás Substancias de las cuales se Obtengan Isótopos Hendibles que puedan Producir Energía Nuclear
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Si no avisas a las autoridades dentro del tiempo que marca la ley, como lo dice el artículo 4, te pueden encarcelar de 3 días hasta 1 año. Además, tendrás que pagar una multa de entre 100 y 1,000 pesos.
Texto oficial
ARTICULO 14.- Al que dejare de dar el aviso que ordena el artículo 4° de esta Ley, dentro del plazo que éste señala, se le impondrá prisión de tres días a un año y multa de cien a mil pesos.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.