LEY que Declara Reservas Mineras Nacionales los Yacimientos de Uranio, Torio y las demás Substancias de las cuales se Obtengan Isótopos Hendibles que puedan Producir Energía Nuclear
Artículos explicados en lenguaje simple
- Art. 1Esta ley aplica al uranio, torio y otras sustancias de las que se pueda obtener material radioactivo para generar energía nuclear. También cubre lo que se conoce como isótopos hendibles, que son elementos que se parten al chocar con neutrones y liberan mucha energía, como en una planta nuclear. Básicamente, la ley se encarga de controlar todo lo relacionado con estos materiales para que su uso sea seguro y legal en México.
- Art. 2Las "reservas mineras nacionales" son los lugares donde hay minerales (como los que se mencionan en el artículo anterior) que están en terreno libre, es decir, que no pertenecen a nadie en particular. El gobierno considera que esos yacimientos son propiedad de la nación. Además, el reglamento de esta ley va a definir cuánto porcentaje de materiales radioactivos deben tener esos minerales para que se consideren parte de estas reservas. En pocas palabras, el artículo dice que ciertos minerales en terrenos sin dueño son del país, y las reglas específicas las va a poner después el reglamento.
- Art. 3El gobierno de México es el único que puede sacar y aprovechar el petróleo y los minerales del subsuelo. Esto lo hace directamente o por medio de una empresa del gobierno que el presidente elija. Ninguna persona o empresa privada puede meterse en esto, solo el Estado tiene la autoridad.
- Art. 4Si tienes una concesión minera (un permiso para explotar minerales) y encuentras en tu terreno ciertos materiales especiales que la ley menciona, debes avisar al Gobierno Federal o a la institución que ellos indiquen. Tienes que hacer ese aviso dentro de los 30 días siguientes al día en que hiciste el descubrimiento. Además, debes poner esos materiales a disposición del gobierno, no te los puedes quedar. Las características de esos materiales las define el reglamento de esta ley. Básicamente, si encuentras algo valioso y especial mientras trabajas tu mina, tienes que reportarlo al gobierno en menos de un mes.
- Art. 5Ese artículo fue eliminado del sistema legal mexicano desde 1972. Cuando una ley dice que un artículo está "derogado", significa que ya no tiene validez ni se aplica en ningún caso. En pocas palabras, no te preocupes por este artículo porque ya no existe como regla que debas seguir.
- Art. 6El artículo 6 dice que solo el Gobierno Federal (o una institución oficial que él elija) puede tener, vender, regalar, mover al extranjero o traer del extranjero las sustancias peligrosas que menciona el artículo 1 de esta ley, además del plutonio Pu-239. O sea, ningún particular ni empresa común puede andar guardando o comerciando con eso. Si alguien más intenta hacerlo, está violando la ley. Es una regla bien estricta para controlar materiales que pueden ser muy riesgosos.
- Art. 7El artículo 7 de esa ley fue eliminado oficialmente desde 1972. Significa que ya no está vigente ni tiene efecto legal. En términos simples, esa regla ya no existe y no se aplica a nadie. Solo queda como parte del historial de la ley.
- Art. 8Para mover sustancias radioactivas o plutonio Pu-239, necesitas un permiso especial que se tramita como dice el Reglamento de esta Ley. Ese permiso es obligatorio y nadie puede transportar esos materiales sin tenerlo. El permiso se pide y se entrega siguiendo las reglas que están escritas en el reglamento.
- Art. 9Si alguien no cumple con lo que dice el artículo 4° de esta ley, el Gobierno Federal (el Ejecutivo) puede quitarle la concesión, aunque también le apliquen otras sanciones. Esto significa que, además de cualquier castigo penal, el gobierno tiene el derecho de recuperar el permiso o derecho que le había dado a esa persona o empresa. Para hacerlo, seguirá las reglas que están escritas en el artículo 14 de la Ley General de Bienes Nacionales. En pocas palabras, si no respetas las reglas, te pueden quitar el permiso y ya no podrás usarlo.
- Art. 10Si alguien explota minas de uranio, torio u otros materiales que sirvan para producir energía nuclear sin seguir la ley, le pueden dar de uno a diez años de cárcel y una multa de cien a diez mil pesos. También aplica el mismo castigo si comercia, guarda, extrae, refina, compra, vende, regala, transporta o hace cualquier cosa con esos materiales sin cumplir las reglas de esta ley. En pocas palabras, está prohibido meterle mano a sustancias radioactivas para energía nuclear sin autorización.
- Art. 11Si eres comerciante, laboratorista, químico o físico y realizas alguno de los actos prohibidos del artículo anterior (como manejar sustancias peligrosas de forma ilegal), ya sea que lo hagas tú mismo o por medio de otras personas, te van a cerrar tu negocio o establecimiento por un tiempo. La clausura puede durar de 1 a 3 años como mínimo, y además te aplicarán otras multas o castigos que ya estén previstos en la ley. Esto aplica en lugares donde guardes o uses esas sustancias.
- Art. 12Si alguien comete los delitos que mencionan los artículos 10 y 11, y además trabaja como médico, ingeniero, químico o físico, aparte del castigo por el delito, también le van a quitar su cédula profesional por un tiempo. Eso significa que no podrá ejercer su profesión durante un periodo que va de 2 a 6 años. Es como si le dieran una multa o cárcel, pero también le suspenden la chamba de especialista por ese tiempo.
- Art. 13Si alguien trae del extranjero o envía a otro país uranio, torio, plutonio u otras sustancias que se usen para crear materiales radiactivos o energía nuclear, puede ir a la cárcel de 6 a 12 años y pagar una multa de 500 a 20,000 pesos. Además, si aplica, también le pueden quitar el derecho a hacer ciertas actividades, como dice otro artículo de la ley. Esto aplica a cualquier persona que haga eso sin permiso.
- Art. 14Si no avisas a las autoridades dentro del tiempo que marca la ley, como lo dice el artículo 4, te pueden encarcelar de 3 días hasta 1 año. Además, tendrás que pagar una multa de entre 100 y 1,000 pesos.
- Art. 15El artículo 15 dice que si alguien comete un delito con materiales como uranio, torio, plutonio u otras sustancias que puedan usarse para hacer energía nuclear o materiales radioactivos, esos materiales serán confiscados o decomisados. También aplica para cualquier objeto que haya sido usado en el delito. Lo decomisado se entregará de inmediato al Gobierno Federal o a la institución que él designe. En pocas palabras, si usas estos materiales peligrosos para cometer un delito, te los quitan y pasan a manos del gobierno.
- Art. 16Si alguien comete un delito que esté en esta ley, solo los tribunales federales pueden juzgarlo. Es decir, los casos relacionados con uranio, torio o materiales para energía nuclear no pueden ir a juzgados estatales. Esta ley empezó a aplicarse tres días después de publicarse en el Diario Oficial, el 31 de diciembre de 1949. Los diputados y senadores que la firmaron en ese entonces fueron los encargados de aprobarla.