Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 16 de la LEY Reglamentaria del Artículo 5o. Constitucional, relativo al ejercicio de las profesiones en la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Artículo 16 ya no es válido, porque fue eliminado de la ley el 22 de diciembre de 1993. Antes de eso, había sido modificado el 23 de diciembre de 1974, pero después se decidió quitarlo por completo. En pocas palabras, como dice "se deroga", significa que este artículo ya no existe y no tienes que hacerle caso a nada de lo que decía.

Texto oficial

ARTICULO 16.- (Se deroga). Artículo reformado DOF 23-12-1974. Derogado DOF 22-12-1993

Ver ley oficial en el DOF (pág. 3) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.