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Ley
LEY Reglamentaria del Artículo 5o. Constitucional, relativo al ejercicio de las profesiones en la Ciudad de México
Artículo
8

Artículo 8 de la LEY Reglamentaria del Artículo 5o. Constitucional, relativo al ejercicio de las profesiones en la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para obtener un título profesional, necesitas comprobar que cumpliste con todos los requisitos de estudio que marcan las leyes correspondientes. Esto significa que debes haber terminado tus materias, prácticas o lo que pida tu carrera según las reglas oficiales. Es como tener un comprobante de que aprobaste todo lo necesario para que te entreguen tu título. No importa la escuela o la carrera, siempre tienes que cubrir lo que exige la ley.

Texto oficial

ARTICULO 8o.- Para obtener título profesional es indispensable acreditar que se han cumplido los requisitos académicos previstos por las leyes aplicables. Artículo reformado DOF 02-01-1974

Ver texto oficial de la LEY Reglamentaria del Artículo 5o. Constitucional, relativo al ejercicio de las profesiones en la Ciudad de México (pág. 2) ↗

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