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Ley
LEY Sobre el Contrato de Seguro
Artículo
122

Artículo 122 de la LEY Sobre el Contrato de Seguro

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando contratas un seguro contra incendio, la aseguradora se compromete a pagarte por los daños o pérdidas que sufras por un incendio, una explosión, un rayo (fulminación) o accidentes parecidos. Eso quiere decir que si tu casa o negocio se quema o explota, la aseguradora debe cubrirte económicamente. No incluye otros tipos de accidentes, solo los que sean similares a los mencionados.

Texto oficial

Artículo 122.- En el seguro contra incendio, la empresa aseguradora contrae la obligación de indemnizar los daños y pérdidas causados ya sea por incendio, explosión, fulminación o accidentes de naturaleza semejante.

Ver texto oficial de la LEY Sobre el Contrato de Seguro (pág. 15) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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