- Ley
- LEY Sobre el Contrato de Seguro
- Artículo
- 146
Artículo 146 de la LEY Sobre el Contrato de Seguro
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si te demandan o te meten en un juicio por un accidente o situación cubierta por tu seguro, la empresa aseguradora tiene que pagar los gastos legales que salgan de ahí. Esto aplica mientras no hayan acordado algo diferente en tu póliza, como que tú te hagas cargo de una parte. O sea, en la mayoría de los casos, ellos pagan los abogados y costos del juicio. Pero si en tu contrato dice otra cosa, entonces se respeta lo que firmaron.
Texto oficial
Artículo 146.- Los gastos que resulten de los procedimientos seguidos contra el asegurado, estarán a cargo de la empresa, salvo convenio en contrario.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.