Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/211/146
Ley
LEY Sobre el Contrato de Seguro
Artículo
146

Artículo 146 de la LEY Sobre el Contrato de Seguro

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si te demandan o te meten en un juicio por un accidente o situación cubierta por tu seguro, la empresa aseguradora tiene que pagar los gastos legales que salgan de ahí. Esto aplica mientras no hayan acordado algo diferente en tu póliza, como que tú te hagas cargo de una parte. O sea, en la mayoría de los casos, ellos pagan los abogados y costos del juicio. Pero si en tu contrato dice otra cosa, entonces se respeta lo que firmaron.

Texto oficial

Artículo 146.- Los gastos que resulten de los procedimientos seguidos contra el asegurado, estarán a cargo de la empresa, salvo convenio en contrario.

Ver texto oficial de la LEY Sobre el Contrato de Seguro (pág. 17) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

Artículo 146 de la LEY Sobre el Contrato de Seguro, explicado | Precedente Legal