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Ley
LEY Sobre el Contrato de Seguro
Artículo
15

Artículo 15 de la LEY Sobre el Contrato de Seguro

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando tienes un seguro, el agente que te atiende puede hacer todo lo que normalmente hacen los agentes de ese tipo, como explicarte la póliza o ayudarte con trámites. También puede hacer cosas que haga seguido si la aseguradora le dio permiso, aunque no estén escritas en ningún lado. Para la ley, se considera que el agente tiene esas facultades, así que lo que haga con autorización vale como si lo hiciera la empresa. Esto es para que tú confíes en lo que el agente te dice o hace.

Texto oficial

Artículo 15.- Respecto al asegurado, se reputará que el agente podrá realizar todos los actos que por costumbre constituyan las funciones de un agente de su categoría y los que de hecho efectúe habitualmente con autorización de la empresa. Fe de erratas al artículo DOF 13-09-1935

Ver texto oficial de la LEY Sobre el Contrato de Seguro (pág. 2) ↗

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