- Ley
- LEY Sobre el Contrato de Seguro
- Artículo
- 16
Artículo 16 de la LEY Sobre el Contrato de Seguro
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El agente de seguros no puede cambiar las condiciones de la póliza por su cuenta, aunque sea para beneficiarte. Necesita un permiso especial de la aseguradora para hacer cualquier modificación, ya sea a tu favor o en tu contra. Si lo hace sin autorización, no tendrá validez lo que haya cambiado.
Texto oficial
Artículo 16.- En todo caso, el agente necesitará autorización especial para modificar las condiciones generales de las pólizas, ya sea en provecho o en perjuicio del asegurado.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.