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Artículo 169 de la LEY Sobre el Contrato de Seguro

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Si tienes 12 años o más, para firmar un contrato es necesario que tú mismo estés de acuerdo y también tu papá, mamá o quien te cuide legalmente (tu representante). Si solo uno de los dos da el permiso, el contrato no vale, es como si no existiera. Esto aplica a cualquier tipo de contrato, como rentar algo o comprar. En pocas palabras, necesitas el "sí" de los dos para que sea legal.

Texto oficial

Artículo 169.- Cuando el menor de edad tenga doce años o más, será necesario su consentimiento personal y el de su representante legal; de otra suerte, el contrato será nulo. Artículo recorrido (antes artículo 158) DOF 04-04-2013

Ver ley oficial en el DOF (pág. 22) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.