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Ley
LEY Sobre el Contrato de Seguro
Artículo
169

Artículo 169 de la LEY Sobre el Contrato de Seguro

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si tienes 12 años o más, para firmar un contrato es necesario que tú mismo estés de acuerdo y también tu papá, mamá o quien te cuide legalmente (tu representante). Si solo uno de los dos da el permiso, el contrato no vale, es como si no existiera. Esto aplica a cualquier tipo de contrato, como rentar algo o comprar. En pocas palabras, necesitas el "sí" de los dos para que sea legal.

Texto oficial

Artículo 169.- Cuando el menor de edad tenga doce años o más, será necesario su consentimiento personal y el de su representante legal; de otra suerte, el contrato será nulo. Artículo recorrido (antes artículo 158) DOF 04-04-2013

Ver texto oficial de la LEY Sobre el Contrato de Seguro (pág. 22) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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