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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/211/171
Ley
LEY Sobre el Contrato de Seguro
Artículo
171

Artículo 171 de la LEY Sobre el Contrato de Seguro

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si te equivocaste al decir tu edad en un seguro de vida, la aseguradora no puede cancelarte el contrato solo por eso. La única excepción es que tu edad real, cuando firmaste, no entre dentro de los límites que la empresa acepta (por ejemplo, si eras demasiado grande o chico para el seguro). En ese caso, la aseguradora sí puede cancelar, pero está obligada a devolverte un dinero llamado “reserva matemática”, que es una parte del ahorro que ya juntaste en tu póliza hasta ese momento. Así que, aunque te cancelen, no pierdes todo lo que pagaste.

Texto oficial

Artículo 171.- Cuando se compruebe que hubo inexactitud en la indicación de la edad del asegurado, la empresa no podrá rescindir el contrato, a no ser que la edad real al tiempo de su celebración, esté fuera de los límites de admisión fijados por la empresa, pero en este caso se devolverá al asegurado la reserva matemática del contrato en la fecha de su rescisión. Artículo recorrido (antes artículo 160) DOF 04-04-2013

Ver texto oficial de la LEY Sobre el Contrato de Seguro (pág. 22) ↗

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