Artículo 18 de la LEY Sobre el Contrato de Seguro
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Aunque la aseguradora contrate otro seguro con otra empresa para protegerse (esto se llama reaseguro), ella sigue siendo la única que responde contigo como asegurado. O sea, si tienes un siniestro, no puedes ir a reclamarle a la otra empresa; solo a la que te vendió la póliza.
Texto oficial
Artículo 18.- Aun cuando la empresa se reasegure contra los riesgos que hubiere asegurado, seguirá siendo la única responsable respecto al asegurado. CAPITULO II LEY SOBRE EL CONTRATO DE SEGURO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 04-04-2013 3 de 37 La Póliza
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