Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/211/185
Ley
LEY Sobre el Contrato de Seguro
Artículo
185

Artículo 185 de la LEY Sobre el Contrato de Seguro

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si la persona que contrató un seguro de vida pone como beneficiarios a su esposa o esposo y a sus hijos. La mitad del dinero del seguro le toca a la pareja que sigue viviendo. La otra mitad se reparte entre los hijos, pero según las reglas de la herencia que marca la ley. Esto quiere decir que los hijos no reciben partes iguales siempre, sino que se divide como si fuera una herencia normal.

Texto oficial

Artículo 185.- Si el derecho del seguro se atribuye conjuntamente como beneficiarios, a los descendientes que sucedan al asegurado y al cónyuge que sobreviva, se atribuirá una mitad a éste y la otra a los primeros según su derecho de sucesión. Artículo recorrido (antes artículo 174) DOF 04-04-2013

Ver texto oficial de la LEY Sobre el Contrato de Seguro (pág. 24) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

Artículo 185 de la LEY Sobre el Contrato de Seguro, explicado | Precedente Legal