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Artículo 196 de la LEY Sobre el Contrato de Seguro

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Si alguien que va a recibir el dinero de un seguro de vida hace algo malo contra la persona asegurada, como lastimarla o matarla, pierde todo derecho a cobrar ese dinero. Si quien contrató el seguro es el que mata injustamente al asegurado, entonces el seguro ya no sirve, pero los herederos de la persona fallecida sí pueden quedarse con la reserva matemática (el dinero ahorrado en el seguro hasta ese momento).

Texto oficial

Artículo 196.- El beneficiario perderá todos sus derechos si atenta injustamente contra la persona del asegurado. Si la muerte de la persona asegurada es causada injustamente por quien celebró el contrato, el seguro será ineficaz, pero los herederos del asegurado tendrán derecho a la reserva matemática. Artículo recorrido (antes artículo 185) DOF 04-04-2013

Ver ley oficial en el DOF (pág. 25) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.