Artículo 202 de la LEY Sobre el Contrato de Seguro
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 202 habla de los seguros de grupo o empresa. Si una persona es parte de un grupo (como los empleados de una compañía), la aseguradora la cubre por muerte o por el tiempo que viva, solo por pertenecer a ese grupo. Para tener este seguro, no te piden exámenes médicos obligatorios, solo pagas las primas cada cierto tiempo.
Texto oficial
Artículo 202.- En el seguro de grupo o empresa, el asegurador se obliga por la muerte o la duración de la vida de una persona determinada, en razón simplemente de pertenecer al mismo grupo o empresa, mediante el pago de primas periódicas, sin necesidad de examen médico obligatorio. Artículo reformado DOF 15-04-1946. Recorrido (antes artículo 191) DOF 04-04-2013
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.