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Artículo 56 de la LEY Sobre el Contrato de Seguro

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Cuando la aseguradora decide cancelar tu póliza porque el riesgo se vuelve mucho más grande de lo que se acordó al inicio, su obligación de cubrirte termina 15 días después de que te avise por escrito. O sea, si te mandan la notificación de cancelación, durante esos 15 días todavía tienes cobertura, pero después de eso ya no responden por nada.

Texto oficial

Artículo 56.- Cuando la empresa aseguradora rescinda el contrato por causa de agravación esencial del riesgo, su responsabilidad terminará quince días después de la fecha en que comunique su resolución al asegurado.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 7) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.