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Artículo 73 de la LEY Sobre el Contrato de Seguro

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Si la empresa no te avisó a tiempo sobre algo importante, como una suspensión o cambio, pierde el derecho a castigarte o reclamarte por no haberle avisado tú. En pocas palabras, si ellos no cumplen con avisarte primero, no pueden exigirte cumplir ciertas reglas del contrato o de la ley. Esto aplica solo cuando la ley o el contrato digan que por no avisar o hacerlo tarde, tú tienes la culpa. Es una forma de protegerte si la empresa no hace lo que le toca.

Texto oficial

Artículo 73.- Si la empresa no cumpliere con la obligación de que trata el artículo anterior, no podrá hacer uso de los derechos que el contrato o esta ley establezcan para el caso de la falta de aviso o de aviso tardío.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 9) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.