- Ley
- ORDENANZA General de la Armada
- Artículo
- 1006
Artículo 1006 de la ORDENANZA General de la Armada
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando un Comandante de barco tenga que dejar el mando (por ejemplo, porque lo cambian o se retira), debe entregar todos los documentos, libros y papeles que estaban a su cargo. Tanto él como el nuevo comandante tienen que firmar esos documentos y libros juntos, y lo mismo aplica para los registros que llevan los Oficiales de a bordo. Además, se debe hacer un corte de caja (una revisión del dinero y gastos) por segunda vez, y preparar cualquier otro papel que haga falta para que la entrega quede completa y en orden.
Texto oficial
Artículo 1,006.- Siempre que un Comandante de buque deba entregar el mando, lo hará con los documentos, libros y asuntos en general que estuvieren bajo su cuidado, y firmará dichos documentos y libros en unión del que reciba sujetándose a esta formalidad los que lleven los Oficiales de cargo. Igualmente se formará el corte de caja de segunda operación, y demás documentos que fueren necesarios para la entrega.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.