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Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
1019

Artículo 1019 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Todos los jefes y oficiales de la Armada tienen que prometer, frente a las autoridades que les dan el cargo, que van a cumplir y hacer cumplir la Constitución Mexicana y todos sus cambios. De esa promesa se hace un acta por triplicado: una copia se manda a la Secretaría de Marina, otra a la Secretaría de Gobernación, y la tercera se queda en el archivo de donde se hizo el documento.

Texto oficial

Artículo 1,019.- Todos los Jefes y Oficiales comprendidos en este Título, prestarán ante las autoridades designadas para darles posesión, la protesta de guardar y hacer guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con sus adiciones y reformas. De esta protesta se levantará acta por triplicado, enviando un ejemplar a la Secretaría del ramo, otro a la Secretaría de Gobernación y reservándose el tercero para el archivo de su origen. ORDENANZA GENERAL DE LA ARMADA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 19-10-2000 122 de 210

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 121) ↗

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