Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/218/1042
Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
1042

Artículo 1042 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Junta de Honor es como un grupo de personas importantes en un barco de guerra o lugar de la Armada que se encarga de tomar decisiones sobre el comportamiento y asuntos internos. Este grupo lo forman tres personas: el Comandante (el jefe del barco), el Segundo Comandante (su ayudante principal) y otro Oficial de alto rango que todos los Oficiales del barco eligen por votación. Para elegir a ese tercer Oficial, se hace una reunión general de todos los Oficiales durante los primeros ocho días del mes de junio de cada año. En esa reunión, votan entre ellos para escoger al que más les parezca.

Texto oficial

Artículo 1,042.- La Junta de Honor en los buques de guerra o dependencias de la Armada, la formarán: el Comandante, el Segundo Comandante y un Oficial de los de mayor categoría, nombrado a pluralidad de votos por todos los Oficiales del buque o dependencia, en Junta general, que se celebrará en los primeros ocho días del mes de junio de cada año.

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 126) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.