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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/218/1060
Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
1060

Artículo 1060 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo habla sobre cómo funcionan los "juicios internos" en el Ejército. Las Juntas de Honor son como tribunales especiales para juzgar la conducta de oficiales de rangos más bajos (como tenientes o capitanes). Si un oficial no está asignado directamente a un grupo, división o escuadra, igual puede ser juzgado por esas juntas si su comandante en jefe lo ordena. En pocas palabras, es una regla para que ningún oficial se escape de rendir cuentas solo porque no pertenece a un equipo específico.

Texto oficial

Artículo 1,060.- Las Juntas de Honor de las Escuadras, Divisiones o Grupos, juzgarán también a los Oficiales subalternos que no tengan colocación en ellas y les sean consignados por el Comandante en Jefe de quien dependan.

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 128) ↗

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