- Ley
- ORDENANZA General de la Armada
- Artículo
- 1095
Artículo 1095 de la ORDENANZA General de la Armada
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La correspondencia oficial de todo Comandante de barco o Jefe de oficina debe entregarse o recibirse siguiendo los canales oficiales establecidos. Los documentos originales se quedan guardados en el archivo de la Escuadra, División, Grupo o Departamento del que dependan. Esto significa que no puedes enviar esos papeles por tu cuenta, sino que deben pasar por la cadena de mando. La copia original siempre se queda en el registro de la unidad a la que perteneces.
Texto oficial
Artículo 1,095.- La correspondencia oficial de todo Comandante de buque o Jefe de dependencia, será entregada y recibida por los conductos de Ordenanza, quedando los originales en el archivo de la Escuadra, División, Grupo o Departamento de que dependa.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.