- Ley
- ORDENANZA General de la Armada
- Artículo
- 1174
Artículo 1174 de la ORDENANZA General de la Armada
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando un barco o autoridad de otro país reciba una visita de cortesía, quien vaya a hacerla debe vestir el uniforme más formal, como de gala. La visita solo debe durar lo necesario para los saludos y protocolos, sin alargarse. Si hace calor, se puede usar el uniforme blanco, pero solo si la gente del barco extranjero también lo usa o lo acepta. Así se siguen las reglas de etiqueta en la marina.
Texto oficial
Artículo 1,174.- Todas las visitas de cortesía que se hagan a un buque o autoridad extranjeros, serán hechas con uniforme de ceremonia y durarán el tiempo estrictamente indispensable para estos cumplimientos de etiqueta naval. En climas cálidos se usará el uniforme blanco para dichos actos, siempre que sea el aceptado por el personal del barco a quien se cumplimente.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.