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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/218/1178
Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
1178

Artículo 1178 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los capitanes de barco que tengan un rango menor al de Capitán de Fragata (como tenientes o guardiamarinas) tienen la obligación de ir primero a saludar a los Cónsules Generales en el puerto donde lleguen. En cambio, si se trata de cónsules, vicecónsules o agentes consulares de menor nivel, esos capitanes deben esperar a que estos los visiten a ellos. Básicamente, es una regla de cortesía para saber quién saluda primero según el rango del cónsul.

Texto oficial

Artículo 1,178.- Los Comandantes del grado de Capitanes de Fragata abajo, harán la primera visita a los Cónsules Generales y esperarán la de los Cónsules, Vice-Cónsules y Agentes Consulares.

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 139) ↗

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