- Ley
- ORDENANZA General de la Armada
- Artículo
- 1179
Artículo 1179 de la ORDENANZA General de la Armada
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo habla sobre las reglas de cortesía entre diplomáticos y oficiales de la Armada en México. Cuando un diplomático de alto rango (como un Embajador) visita a un alto oficial de la Marina (como un Almirante), debe ir personalmente a saludarlo. Si el diplomático es de menor rango, puede mandar a su secretario en su lugar. Por otro lado, los oficiales de la Marina también deben devolver la visita personalmente a los diplomáticos importantes, pero si son menos importantes, pueden enviar a otro oficial en su lugar. Además, el comandante del barco debe prestar un bote o lancha adecuada para que los diplomáticos puedan subir al buque a hacer sus visitas.
Texto oficial
Artículo 1,179.- Los funcionarios diplomáticos hasta Encargados de Negocios, devolverán personalmente la visita a los Oficiales Generales de la Armada y Capitanes de Navío, pudiendo enviar en su representación al Secretario de la Legación, si se trata de Oficiales de menor graduación. Los Oficiales Generales devolverán personalmente la visita a los Agentes diplomáticos hasta Ministros Plenipotenciarios, pudiendo hacerse representar por un Jefe u Oficial para los demás. El Jefe de la Escuadra o Comandante del buque dará las órdenes oportunas a fin de que se ponga al servicio de los expresados funcionarios, una embarcación adecuada para sus visitas a bordo.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.