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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/218/1184
Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
1184

Artículo 1184 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si eres el oficial a cargo de un barco mexicano y llegas a un puerto donde hay otro barco mexicano con un oficial de mayor rango o más antiguo, después de amarrar tu barco, tienes que ir en persona a visitarlo. Si tú tienes más rango que el oficial que ya está en el puerto, entonces él debe visitarte a ti. Pero si ambos tienen el mismo rango, el que llega es el primero que debe ir a saludar.

Texto oficial

Artículo 1,184.- Todo Oficial que, al mando de uno o más buques mexicanos, llegare a puerto donde encontrare uno o varios buques mexicanos al mando de Oficiales de mayor graduación o antigüedad, una vez convenientemente amarrados sus buques, se presentará personalmente a visitar a dicho Oficial más antiguo. Si el que llega fuere de mayor graduación que el que está en el puerto, éste visitará a aquél, y si son de igual antigüedad visitará primero el que llega.

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 140) ↗

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