- Ley
- ORDENANZA General de la Armada
- Artículo
- 1184
Artículo 1184 de la ORDENANZA General de la Armada
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si eres el oficial a cargo de un barco mexicano y llegas a un puerto donde hay otro barco mexicano con un oficial de mayor rango o más antiguo, después de amarrar tu barco, tienes que ir en persona a visitarlo. Si tú tienes más rango que el oficial que ya está en el puerto, entonces él debe visitarte a ti. Pero si ambos tienen el mismo rango, el que llega es el primero que debe ir a saludar.
Texto oficial
Artículo 1,184.- Todo Oficial que, al mando de uno o más buques mexicanos, llegare a puerto donde encontrare uno o varios buques mexicanos al mando de Oficiales de mayor graduación o antigüedad, una vez convenientemente amarrados sus buques, se presentará personalmente a visitar a dicho Oficial más antiguo. Si el que llega fuere de mayor graduación que el que está en el puerto, éste visitará a aquél, y si son de igual antigüedad visitará primero el que llega.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.