Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/218/1248
Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
1248

Artículo 1248 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando un barco de guerra mexicano llegue a un puerto donde ya haya otros barcos también de México, el capitán más antiguo de los que ya están ahí debe mandar un bote listo y equipado para ayudar al barco que acaba de llegar en lo que necesita hacer. Después de eso, el capitán más antiguo tiene que ir personalmente a darle la bienvenida al barco recién llegado. Es una regla de cortesía y apoyo entre los barcos de la armada.

Texto oficial

Artículo 1,248.- Siempre que un buque de guerra mexicano fondee en un puerto cualquiera donde haya uno o varios de la misma nacionalidad, el Jefe de éstos o el Comandante más antiguo enviará un bote debidamente pertrechado para auxiliar en sus faenas al que llegue, haciéndose después la visita de bienvenida.

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 145) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.