- Ley
- ORDENANZA General de la Armada
- Artículo
- 1373
Artículo 1373 de la ORDENANZA General de la Armada
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La insignia (un tipo de bandera o estandarte) se pone en un asta bandera, justo en medio del grupo de marineros que la lleva. Antes de salir del cementerio, se le quita el crespón (una cinta negra de luto) y de regreso se camina sin tenerla desplegada.
Texto oficial
Artículo 1,373.- La insignia se llevará colocada en una asta bandera, en el centro del acompañamiento de marinería. Antes de dejar el cementerio se quitará el crespón a la insignia y de vuelta se marchará sin desplegarla.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.