- Ley
- ORDENANZA General de la Armada
- Artículo
- 1441
Artículo 1441 de la ORDENANZA General de la Armada
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si pides una licencia para separarte de la Armada, en tu solicitud debes decir por qué la necesitas. Explica claramente el motivo, sin rodeos. Así la autoridad sabrá por qué quieres salir temporal o definitivamente. No necesitas palabras complicadas, solo ser honesto en tu petición.
Texto oficial
Artículo 1,441.- El que solicite licencia absoluta o receso, expresará en su instancia el motivo que le obligue a separarse de la Armada.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.