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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/218/1443
Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
1443

Artículo 1443 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando un oficial de la Armada (general, jefe u oficial) recibe una licencia absoluta —que es como un permiso para separarse del servicio de manera definitiva—, la Armada tiene que avisar a todas sus dependencias. Luego, por medio de la "orden del día" (un comunicado oficial diario), se publica el nombre de esa persona y la razón por la que dejó el servicio. Esto es para que todos en la Armada estén enterados.

Texto oficial

Artículo 1,443.- De toda patente de licencia absoluta que se expida a los Oficiales Generales, Jefes y Oficiales, se dará conocimiento a las dependencias de la Armada, para que por la orden del día se publique el nombre del que la hubiere obtenido y el motivo de su separación del servicio.

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 161) ↗

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