- Ley
- ORDENANZA General de la Armada
- Artículo
- 1445
Artículo 1445 de la ORDENANZA General de la Armada
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando un oficial de la Armada (de general a rango menor) es separado por pedir licencia, retiro o por una sentencia de un tribunal, la Armada le quita sus documentos oficiales (despachos) y los cancela. También anotan en los archivos la razón por la que se fue. Esto aplica incluso si pide salir justo cuando empieza una guerra o durante la misma.
Texto oficial
Artículo 1,445.- Los Oficiales Generales, Jefes y Oficiales que sean separados de la Armada por haber pedido licencia temporal, ilimitada o absoluta, receso o retiro, bien sea al abrirse una campaña en la que deban tomar parte, o durante ella, así como a los que se les destituya del empleo por efecto de sentencia de tribunal competente, se les recogerán sus despachos para cancelarlos, anotándose en los autógrafos la causa que motivó su separación. TITULO CUARTO Expedición de Despachos, Nombramientos y Patentes ORDENANZA GENERAL DE LA ARMADA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 19-10-2000 162 de 210
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