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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/218/1461
Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
1461

Artículo 1461 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los despachos (oficinas de abogados) y las patentes (licencias profesionales) tienen que pagar impuestos fiscales. Esos impuestos los pagan los mismos dueños o interesados, no otra persona. Básicamente, si tienes un despacho o una patente, tú eres el responsable de cubrir esos impuestos.

Texto oficial

Artículo 1,461.- Los impuestos fiscales que causen los despachos y patentes, serán satisfechos por cuenta de los interesados. TITULO QUINTO Revista de Inspección

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 163) ↗

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