- Ley
- ORDENANZA General de la Armada
- Artículo
- 1462
Artículo 1462 de la ORDENANZA General de la Armada
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que las revisiones que hace la Armada Nacional a los barcos sirven para checar varias cosas: cómo está la disciplina, la preparación y el manejo del barco. También revisan que el barco esté en buen estado, como el casco, las armas, la ropa y todo el equipo necesario. Además, verifican que todo el personal, desde los jefes hasta los marineros, cumplan con lo que dice la ley y con sus obligaciones. Por último, se aseguran de que a todos se les trate con justicia y se respeten sus derechos.
Texto oficial
Artículo 1,462.- Las revistas de inspección de la Armada Nacional, tendrán por objeto conocer detalladamente: el estado de instrucción, disciplina y régimen administrativo; el de los cascos de los buques, su aparejo, máquina, artillería, armamento portátil, municiones, artificios de fuego, vestuario y demás pertrechos que constituyen los diferentes cargos de a bordo; si el personal reúne los requisitos exigidos por las leyes; si los Jefes, Oficiales, Aspirantes y Marinería cumplen con los deberes que esta Ordenanza les impone; y si se ha procedido con equidad al tratarse de los derechos de cada uno.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.