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Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
1472

Artículo 1472 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 1,472 habla sobre lo que un superior debe hacer con los oficiales a su cargo. Tiene que estar al tanto de cómo se portan, cómo trabajan y cómo están de salud cada uno. También debe checar si hay buen ambiente entre ellos y si cumplen bien con sus obligaciones. Si alguien presenta una queja seria contra algún oficial, el superior debe turnar el caso a la Junta de Honor o hacer lo que corresponda legalmente, además de investigar por qué el comandante o jefe encargado no cumplió con su deber desde un principio.

Texto oficial

Artículo 1,472.- Respecto del personal de Oficiales, se enterará de la conducta, aplicación y estado de salud de cada uno; si hay armonía entre todos, y si son exactos en el cumplimiento de sus deberes. Si hubiere quejas fundadas contra alguno de ellos, dispondrá sean sometidos a la Junta de Honor, o lo que proceda en justicia, investigando la causa que haya impedido al Comandante o Jefe respectivo cumplir con esa obligación.

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 164) ↗

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